Ponemos en conocimiento de la población que recientemente se ha aprobado definitivamente un convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Sot de Ferrer y la Comunidad de Regantes, que tiene previsto una duración en su aplicación, de un mínimo de cuatro años, prorrogables a otros cuatro más. Habiendo pasado más de 20 días desde que se publicó el anuncio de este convenio en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP núm. 120), de fecha 6 de octubre de 2022 [ref.: 04291-2022-U], así como también en la sede electrónica municipal, y habiéndose constatado que no se han producido alegaciones, se adoptó (además, con la consonancia del informe favorable de Secretaría de fecha 21 de septiembre de 2022, tras aprobarse el Decreto de Alcaldía 244/22) por unanimidad de votos del Consejo Agrario y del Pleno municipal esta aprobación.
La aplicación de este convenio tiene como finalidad que se ponga de manifiesto el valor patrimonial de los regadíos históricos o tradicionales existentes en nuestro municipio, y que se protejan las infraestructuras hidráulicas que componen dicho patrimonio, procurando su mantenimiento, conservación y mejora. El acuerdo firmado entre el Ayuntamiento de Sot de Ferrer (que viene representado por su alcalde, D. Ramón Martínez Peiro, secundado para este acto, por el secretario-interventor municipal D. Ignacio José Martínez Ballester), y la Comunidad de Regantes de Sot de Ferrer, cuyo presidente es D. Ángel José Llopis Pascual, consta de CINCO PACTOS:
PRIMERO: Que la Comunidad de Regantes de Sot de Ferrer cederá al Ayuntamiento, y por el plazo que se estipule, la disponibilidad de la red de acequias que transcurren por el término municipal de Sot de Ferrer, propiedad de esta, de acuerdo con el anexo que se acompaña al presente convenio [afecta a las acequias del Cabo Allá, la de Aldaya, la de La Cerrada, y la Acequia Madre].
SEGUNDO: Que el Ayuntamiento de Sot de Ferrer se compromete a a realizar las actuaciones necesarias de mantenimiento, conservación, rehabilitación y mejora de las infraestructuras necesarias a que hace referencia el anexo. A tales efectos, el Ayuntamiento, se compromete a consignar un importe anual de hasta 4.000 euros, para acometer dicha finalidad. No obstante lo mencionado, esta cantidad podrá ser incrementada en diversas circunstancias [,,,].
TERCERO: Que se constituirá una comisión de seguimiento de los objetivos de este convenio, que estará integrada por el Alcalde del Ayuntamiento, la concejalía de Agricultura o en quien se delegue, un arquitecto designado al efecto, y el Presidente de la Comunidad de Regantes, con reuniones anuales. Esta comisión estará encargada de resolver los problemas de interpretación e incumplimiento del convenio.
CUARTO y QUINTO: La duración del presente convenio será de 4 años, pero si hay voluntad por ambas partes, de puede prorrogar hasta para un máximo de 4 años más, y que las partes se comprometen a actuar de buena fe en responder inmediatamente por los posibles incumplimientos de obligaciones que se pudieren producir, y se estipula el procedimiento por el cual subsanarlos.
En el anexo, figuran bien nominalizadas y ubicadas geográficamente dos conjuntos de acequias afectadas: por un lado se indican las coordenadas de inicio del conjunto de Acequia del Cabo Allá y la de Aldaya, y las coordenadas de fin de cada una de ellas, y por otro lado, se especifican los datos de inicio del conjunto Acequia de la Cerrada y Acequia Madre, y también las coordenadas del fin de cada una.
Debido al gran interés arquitectónico, ambiental, social, etc. que caracteriza a este sistema hidráulico, se ha suscrito exitosamente este convenio, para dirimir qué actuaciones serían necesarias de mantenimiento, conservación, rehabilitación y mejora en las infraestructuras hídricas, y poniéndolas en valor como una parte importante del patrimonio cultural de nuestra localidad, evitando su deterioro.